El 5 de diciembre del 2025 por acta de Consejos de Salarios, no solo se establecieron tres
categorías para el trabajo doméstico que tendrán salarios mínimos diferenciados según la
tarea principal: general, cocina y cuidados, que comenzarán a regir a partir de julio de 2026,
sino que se establecieron otros beneficios.
Reconocimiento de beneficios anteriores:
- El convenio reafirma la vigencia del salario vacacional complementario (suma
equivalente al 15% del salario vacacional legal); - el Dia del Trabajador Doméstico (feriado pago del 19 de agosto de cada año);
- el complemento por nocturnidad diferenciado,
- el complemento al subsidio por enfermedad común
- y la prima por antigüedad.
No obstante, con relación a la prima por presentismo (equivalente a una cuarta parte
del medio aguinaldo), si bien se mantiene vigente, se incorpora a partir de diciembre de 2026
un nuevo mecanismo de prorrateo mensual. Según este sistema, una falta en uno de los meses
del semestre previo implicará la pérdida de un sexto de la prima, mientras que la pérdida total
se producirá únicamente si existen faltas en cada uno de los seis meses del semestre. La
implementación de este mecanismo también queda sujeta a la disponibilidad operativa de los
sistemas de BPS. Asimismo, el uso de licencias para cuidados o por salud mental no afectará su
cobro.
Nuevas licencias especiales para cuidados y salud mental
Además, el acuerdo incorpora dos nuevas licencias especiales. La primera consiste en tres días
anuales con goce de sueldo destinados a la atención de internaciones hospitalarias o
domiciliarias de padres, hijos o personas a cargo, sujeta a obligaciones de aviso y presentación
de constancias dentro de plazos determinados.
La segunda otorga tres horas anuales con goce de sueldo para consultas con psiquiatra,
también contra presentación de constancia en un plazo de diez días.

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