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La Dirección General Impositiva informó la publicación de una nómina de contribuyentes calificados como omisos y morosos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por mantener incumplimientos reiterados consistentes en omisiones o atrasos graves.

La inclusión en la nómina de omisos y morosos implica la aplicación de determinadas medidas que inciden tanto en la operativa del contribuyente como en el tratamiento tributario de las operaciones vinculadas.

Los contribuyentes que integran la nómina podrán enfrentar restricciones operativas, entre ellas la limitación para imprimir documentación fiscal.

No serán deducibles en las liquidaciones de impuestos los créditos fiscales originados en comprobantes emitidos por contribuyentes incluidos en la nómina que no cuenten con la constancia de “IVA al Día”.

La regularización de los incumplimientos permitirá al contribuyente ser excluido de la nómina de omisos y morosos.

La nómina se encuentra disponible en el sector “Contribuyentes incumplidores” del canal Empresas y en “Servicios de uso frecuente” de la portada del sitio web institucional.

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