gestion residuos

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Se aprobó el Decreto N° 213/025 que establece la reglamentación para la gestión de los
residuos generados en obras de construcción, reforma o demolición.  


El objetivo es prevenir impactos ambientales y promover la valorización y reutilización de
materiales.


Son alcanzados por sus disposiciones los generadores, transportistas y gestores de
residuos vinculados a este tipo de actividades.


Excluye: obras menores de reparación doméstica que se realicen en viviendas unifamiliares o
locales comerciales con un área inferior a 250 m², siempre que no impliquen demolición total.


El decreto clasifica los residuos en tres categorías, diferenciando su origen y características:

  • Generales: embalajes, residuos de oficina/comedor, etc. 
  • Específicos: escombros, tierras, maderas, yeso, vidrio, metales, plásticos, etc. (no
    peligrosos).
  • Peligrosos: según Decreto N.º 182/013; incluyen amianto, solventes,
    hidrocarburos, pinturas o materiales contaminados, maderas tratadas, etc.


Un Generador de residuos es toda persona física o jurídica, pública o privada, titular del
permiso de construcción. 


Los Generadores están obligados a:

  • Minimizar generación, segregar en origen, y priorizar la valorización/reciclaje. 
  • Deberán elaborar y presentar un Plan de Gestión de Residuos, obligatorio para toda
    obra que requiera permiso de construcción o demolición y toda obra pública, el cual
    deberá ser aprobado por el Ministerio de Ambiente. El PGR debe contemplar
    reducción en origen, segregación, valorización, disposición final y trazabilidad. 
  • Almacenamiento transitorio: los residuos de obras deberán ser almacenados en el
    predio; en vía pública sólo con autorización municipal y por un máximo de 3 días (salvo
    ampliación departamental).

    Transporte y gestión de residuos

  • El transporte de residuos deberá realizarse por empresas registradas y habilitadas por
    el Ministerio de Ambiente, garantizando la trazabilidad desde el punto de generación
    hasta su destino final.
  • Todos los vehículos deberán portar un equipamiento a bordo con un sistema de
    navegación por satélite que proporcione información de ubicación y hora y permita
    efectuar su rastreo satelital.


Los gestores que realicen operaciones de valorización, tratamiento o disposición final deberán
contar con las autorizaciones correspondientes y cumplir las condiciones técnicas y
ambientales previstas en la normativa.


Destinos y disposición final de residuos


Los residuos de obras de construcción tendrán como destino final, alguna de las siguientes
alternativas:

  • Relleno de terrenos
  • Reciclado/valorización
  • Canteras en proceso de cierre o remediación
  • Sitios de disposición final debidamente autorizados. 


Los residuos solo podrán ingresar a sitios debidamente autorizados y que no podrán ser
depositados en lugares no habilitados o en predios que no cuenten con la aprobación del
Ministerio de Ambiente.


Queda prohibido:

  • Mezclar residuos peligrosos con no peligrosos.
  • Verter residuos en cursos de agua o alcantarillado. 
  • Abandonar o verter residuos en lugares no autorizados.

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