El próximo miércoles 12 de noviembre se realizarán las elecciones de los miembros de
la Asamblea General del Claustro de la Universidad de la República, de los miembros
de las Asambleas del Claustro de Facultades y Consejos de Facultades e Institutos
asimilados, en los órdenes Estudiantes, Docentes y Egresados.
El voto será obligatorio en cada uno de los órdenes.
Las elecciones se realizarán en el horario de 8:00 a 19:00 horas, en forma presencial.
Quienes votan
- Estudiantes (con actividad registrada en la Escolaridad en los últimos dos
años); - Docentes (un año ininterrumpido en el cargo a la fecha de la elección)
- Egresados de carreras con no menos de 2 años de las Facultades que participan
de esta elección.
La elección será obligatoria para todos los que integran los padrones electorales.
Se vota en todo el país. Las y los estudiantes votan en sus lugares de estudio, mientras
que cada docente debe votar en el lugar donde trabaja y cada egresado o egresada en
el lugar donde reside, en locales dispuestos por la Corte Electoral.
Es importante destacar que no está habilitado el voto observado.
Podrán votar por correspondencia, dentro del Departamento al que pertenece su
circuito, aquellos electores que se encuentren en lugares donde no funcionen
Comisiones Receptoras de Votos. Deberán hacerlo en una oficina de la Administración
Nacional de Correos habilitada a tales efectos el día previo al acto eleccionario (11 de
noviembre).
Como se vota
En las Elecciones Universitarias el voto es en todos los casos secreto y obligatorio.
Para votar se debe presentar Cédula de Identidad.
A cada Orden —Estudiantil, Docentes y Egresados— le corresponden hojas de votación
diferentes. Estas estarán disponibles en los circuitos de votación. El número de
opciones disponibles por cada Orden puede variar, dependiendo de la Facultad (ver
“Qué se elige”).
Sanciones
- Orden Estudiantil: Imposibilidad de rendir exámenes durante 2 períodos
consecutivos. - Orden Docente: Multa de 5 unidades reajustables, cuyo importe se
determinará a la fecha de la elección. - Orden Egresados: Multa de 5 unidades reajustables, cuyo importe se
determinará a la fecha de la elección.
Buscador de Padrón – Elecciones Universitarias 2025.
https://aplicaciones.corteelectoral.gub.uy/BuscadorUniversitarias2025/buscadores.bu
scadoruniversitarias2025.aspx
Tiempo libre para asistir a votar
Según lo establecido en el Art. 190º de la Ley 7.812 los funcionarios públicos, propietarios,
directores y administradores de establecimientos comerciales o industriales y todo patrono,
deberán conceder a los inscriptos habilitados para votar, que estén bajo su dependencia, un
término no menor de dos horas para que concurran a votar en sus respectivos circuitos, sin
perjuicio de los haberes o jornales que les correspondan.
Causas justificadas para no votar
De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 29º de la Ley 15.739, los mayores de setenta y cinco (75)
años están exceptuados de la obligatoriedad de emitir sufragio.
Son causas fundadas para el no cumplimiento de la obligación de votar:
- Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impida, el día de las
elecciones, concurrir a la Comisión Receptora de Votos. - Hallarse ausente del país el día de las elecciones.
- Haber estado imposibilitado de votar por razones de fuerza mayor.
- El plazo para realizar justificaciones ante la Corte Electoral por no votar será de 60
días, del 13 de noviembre de 2025 hasta el 12 de enero de 2026 inclusive.

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