Quedan exonerados Los propietarios de explotaciones agropecuarias entre 200 y 300 ha
CONEAT 100.
Para obtener la exoneración deben presentar una declaración jurada antes del 30 de abril de
2026.
Solicitud de constancia de exoneración: esta constancia de exoneración solo pueden solicitarla
los contribuyentes que exploten menos de 200 hectáreas índice coneat 100 y hayan obtenido
la exoneración de la contribución inmobiliaria rural, en todos los años en que fueron
propietarios.

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