Domicilio constituido, es aquel que se fija a efectos tributarios, donde será notificado el
contribuyente de cualquier actuación administrativa del BPS.
Domicilio fiscal, es aquel donde se desarrolla la actividad de la empresa. Si la empresa cuenta
con otros domicilios donde desarrolla actividad, debe declararlos. Es el que utiliza la DGI para
efectos tributarios.
Cuando la empresa modifica algún dato importante, como por ejemplo domicilio, actividad,
correo o celular, es obligación actualizar los datos ante DGI y BPS.
También se deben actualizar otros datos como giro o actividad, titulares y representantes,
fecha de balance y medios de contacto.
Toda modificación debe informarse dentro de los 30 días corridos desde que ocurre el cambio.
Este plazo aplica tanto para DGI, BPS, y en algunos casos, para BSE o el MTSS, según el tipo de
empresa y sus obligaciones.

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