accidente laboral

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Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales están regulados por la Ley N°
16.074, que establece el seguro de carácter obligatorio del Banco de Seguros del Estado para
los accidentes o enfermedades profesionales que ocurran a causa del trabajo o en ocasión de
este.


¿Quiénes están obligados a contratar un seguro de Accidentes del Trabajo?

Las empresas o patronos que tengan personal dependiente.
La póliza cubre la responsabilidad civil del empleador, ante los accidentes y las enfermedades
profesionales que ocurran a sus empleados a causa del trabajo o en ocasión del mismo.
El Banco de Seguros del Estado prestará asistencia médica y abonará las indemnizaciones
correspondientes, con independencia de que el empleador haya cumplido o no con la
obligación de asegurarlos. Las indemnizaciones que abonará el Banco a siniestrados
dependientes de empleadores no asegurados se calcularán tomando como base el salario
mínimo nacional.


¿Qué hacer en caso de un accidente laboral?

  1. Trasladar al trabajador inmediatamente al Hospital del BSE. Si la gravedad del caso lo
    amerita el trabajador debe ser trasladado al Centro Asistencial más próximo y luego
    derivado a los Centros Sanitarios correspondientes: Hospital BSE en Montevideo, o la
    red de FEMI en el Interior.
  2. Presentar denuncia patronal a través del sitio web del BSE. Este trámite es obligatorio
    para los empleadores y puede originar multas si no se realiza.
  3. Los empleadores deben dar cuenta del accidente de trabajo dentro de las 72 horas en
    la Sede Central, si ocurre en Montevideo o en un plazo de 5 días en las agencias del
    interior, si el accidente ocurre en los demás departamentos.

El trabajador víctima del accidente, o su representante, podrá también denunciarlo ante el
banco o sucursales dentro del plazo de 15 días continuos, si ocurre en Montevideo, o en los 30
días si ocurre fuera de Montevideo.


¿Cuándo se debe contratar un seguro de Accidentes del Trabajo?


Cuando la empresa contrata personal dependiente.

¿Qué indemnización tiene derecho a percibir el trabajador/a por accidente de trabajo o
enfermedad profesional?


El daño que el accidente o enfermedad profesional produce al trabajador puede tener distintas
consecuencias:

  • Puede privar en forma temporal su capacidad para el trabajo, lo cual da derecho a una
    indemnización llamada temporaria.
  • Puede producir una incapacidad permanente, por lo que se establecerá de inmediato
    el monto de la renta a percibir.

Incapacidad Permanente: el trabajador pierde en forma permanente o definitiva una parte de
su capacidad de trabajo. Esta incapacidad es determinada por los técnicos del Banco de
Seguros del Estado, y puede ser parcial o total.
Accidente Mortal: el trabajador pierde la vida en caso de accidente o enfermedad profesional,
en cuyo caso sus causahabientes tendrán derecho a percibir una renta.


Protección para el trabajador accidentado

  • El trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo o padecido una enfermedad
    profesional, tiene el derecho a ser readmitido en el mismo cargo que ocupaba, una
    vez dado de alta por el BSE, o en su defecto en cualquier tarea compatible con sus
    capacidades.
  • El empleador tiene la obligación de reintegrarlo dentro de los 15 días posteriores
    al alta, y la prohibición de despedirlo dentro de los 180 días de haberse
    reintegrado, lo que se conoce como el período de estabilidad.

Despido del trabajador accidentado
Si el trabajador no es reintegrado luego de la licencia establecida por el Banco de Seguros del
Estado, tendrá derecho al cobro de una indemnización equivalente al triple del despido
común.

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